Son varias las entidades que comercializan estas tarjetas de crédito con el “gancho” de que podrás realizar compras o disponer de efectivo cuando lo necesites. Lo que no te cuentan es que estas “facilidades” se traducen en que el interés que tendrás que pagar es TAN ELEVADO y desproporcionado que tu deuda será casi perpetua. Si te has visto atrapado por una de estas tarjetas te aconsejamos que continúes leyendo porque vamos a explicarte qué es una tarjeta revolving, por qué tu deuda nunca baja y cómo puedes desembarazarte de este tipo de créditos.

¿Qué es una tarjeta revolving?

Se trata de un tipo de tarjeta que pone un límite de crédito a disposición del cliente, el cual disminuye cuando se realizan compras y disposiciones de efectivo y va reponiéndose, volviendo a estar disponible, cuando se pagan las cuotas mensuales. Las tarjetas de crédito convencionales permiten pagar todo lo gastado el mes siguiente (sin intereses), o fraccionar el pago en plazos (con intereses). Las tarjetas revolving sólo permiten aplazar las compras en cuotas mensuales, aplazamiento que trae aparejado un tipo de interés elevadísimo (entre un 20 y un 30%), bien pagando un porcentaje del saldo pendiente, bien pagando una cuota fija mensual.

Además, las tarjetas revolving suelen establecer unas comisiones desorbitadas en caso de impago de alguna de las cuotas mensuales, así como ir asociadas a la obligación de contratar un seguro de protección de pagos (para cubrir el riesgo de impago) por el que se abona una cantidad (prima) al mes.

En las tarjetas revolving los intereses generados (como hemos dicho, muy elevados), las comisiones y otros gastos (por ejemplo, el seguro de protección de pagos) se suman y financian junto con el resto de operaciones (compras y disposiciones de efectivo) lo que supone que, como la cuota mensual generalmente no alcanza a cubrirlos, se “capitalizan”, esto es, se suman a la deuda pendiente y generan nuevos intereses para el mes siguiente. Ello supone que el consumidor entre en una espiral de deuda perpetua pues las cantidades que paga cada mes no cubren la deuda pendiente, que se irá incrementando, de forma exponencial, a lo largo del tiempo.

¿Cómo puedo reclamar la deuda de una tarjeta revolving?

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En primer lugar, te aconsejamos realizar una reclamación extrajudicial a la entidad financiera de tu tarjeta Revolving en la que, explicando que el tipo de interés de tu tarjeta es usuario y, además, que el clausulado del contrato no supera el doble control de transparencia (control de incorporación y comprensibilidad), sólo tendrías obligación de devolver el saldo dispuesto, sin intereses ni comisiones y la entidad tendría que devolverte el exceso abonado.

Además, si no te entregaron en su día copia del contrato de la tarjeta revolving y de las condiciones financieras de la misma (a veces denominado Reglamento de la tarjeta), o si no lo conservas o lo has extraviado, sería conveniente que solicitaras una copia a la entidad financiera. También tendrías que pedir todos los extractos de movimientos de la tarjeta revolving en los que constan las compras realizadas, transferencias y disposiciones de efectivo, intereses, comisiones, primas del seguro de impagos y abonos realizados. La entidad financiera tiene obligación de facilitarte estos documentos y es conveniente que los tengas para, en su caso, acudir a la vía judicial.

Si la entidad no te contesta se entiende que han rechazado tu reclamación aunque, lo habitual, es que contesten por escrito a la misma desestimándola. En ese caso, si quieres desembarazarte de esa “deuda infinita” no te quedará otro remedio que acudir a la vía judicial, interponiendo una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia que corresponda, para lo que necesitarás contratar los servicios de un abogado.

Si te pones en contacto con nosotros redactaremos y enviaremos tu reclamación extrajudicial y solicitud de documentación, y te asesoraremos durante todo el proceso previo.

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En las demandas que interponemos solicitamos la nulidad del tipo de interés de la tarjeta revolving, bien por su carácter usurario, bien por falta de transparencia de la cláusula.

Si estiman la reclamación, se declara nula la cláusula (se expulsa del contrato y se considera que nunca ha existido) de tal forma que el consumidor sólo tendría que devolver el saldo o capital dispuesto (esto es, las compras realizadas y disposiciones de efectivo), sin intereses ni comisiones de ningún tipo, debiendo devolverle la entidad financiera las cantidades que haya abonado en exceso.

Por tanto, no sólo lograrás librarte de esa deuda perpetua sino que, incluso, es posible que, si has abonado más importe que el saldo dispuesto, la entidad financiera tenga que reintegrarte todo lo pagado de más.

√ ¿Qué posibilidades de éxito tengo?

Estudiaremos tu caso sin ningún tipo de compromiso y, sólo en el caso de que consideramos que tus posibilidades de éxito son muy elevadas, te aconsejaremos acudir a la vía judicial. En concreto, tendremos que valorar si el tipo de interés de tu tarjeta revolving puede considerarse usuario comparándolo con el tipo de interés normal del dinero de la fecha en que la contrataste, así como si la cláusula del contrato en que se establece ese tipo de interés puede considerarse “transparente y comprensible”.

No obstante, tras la Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de noviembre de 2015, pionera en este tipo de reclamaciones, cada vez son más los juzgados y tribunales que dan la razón a los afectados por estas tarjetas revolving. 

Te aconsejamos que nos llames y pases a vernos: somos abogados expertos en tarjetas revolving, estudiaremos tu caso sin compromiso y te ayudaremos a salir de ese “crédito trampa”. Ponte en contacto con nosotros.

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